Por una sana convivencia en nuestro fraccionamiento: Respeto y tolerancia; responsabilidad y cumplimiento; corresponsabilidad y participación; solidaridad y aceptación mutua.
viernes, 27 de noviembre de 2015
Cuenta Bancaria de la AC de Nogal III
A continuación encontraran la información de dicha cuenta:
Nombre del cliente: BOSQUE DE LOS ENCINOS CONDOMINIO NOGAL III
RFC: BEC150604UY4
Banco: Scotiabank
No. Cuenta: 03801814966
Clabe: 044420038018149668
Sucursal: 005 Lerma
El costo mensual por la cuenta es de $300.00 M.N
Cualquier duda por favor acérquense a la mesa directiva.
lunes, 23 de noviembre de 2015
Reglamento
CONSIGNAS DE SEGURIDAD
Las presentes consignas tienen como objetivo dar a conocer instrucciones precisas para el mejor desempeño del personal de vigilancia, para que de forma organizada y basado en la ejecución de los siguientes puntos se preste un servicio acorde a las necesidades del CONJUNTO URBANO BOSQUE DE LOS ENCINOS
El personal de vigilancia conoce, domina y aplicará positivamente las consignas de vigilancia en su totalidad. Ya que su cumplimiento permitirá tener un mayor control sobre la operación del conjunto residencial, además de estar en condiciones de reaccionar eficazmente a eventos no planeados.
El personal de vigilancia tiene como consigna principal mantener la seguridad en todo el conjunto residencial así como en el acceso, estancia y salida de visitantes, siempre acatando y aplicando las consignas aquí plasmadas.
Estas consignas serán aplicadas a todos los vigilantes de seguridad sin distinción, mediante un trato cordial y educado.
C O N T E N I D O
I. CONSIGNAS DE LOS VIGILANTES
II. CONSIGNAS PARA CON LOS RESIDENTES
III. CONSIGNAS PARA CON LOS VISITANTES
IV. SERVICIOS PUBLICOS
V. SERVICIOS PRIVADOS
VI. PROVEEDORES DE PRODUCTOS Y PRESTADORES DE SERVICIOS
VII. PRESTADORES DE SERVICIOS
VIII. ABSTENCIONES PARA LOS VIGILANTES
IX. ENCOMIENDAS
X. CUSTODIOS, GUARURAS Y CHOFERES
XI. TRABAJADORES DE INMOBILIARIA ZERO
XII. ENCOMIENDAS IMPORTANTES
I. CONSIGNAS DE LOS VIGILANTES
1. El área de vigilancia tiene como función principal observar y hacer cumplir todas las consignas plasmadas en este documento participando y orientando activamente a las demás áreas.
2. Siempre será personal ambos sexos .
3. Los vigilantes tendrán conocimiento que se trata de una seguridad privada esto significa una seguridad disuasiva, cuando se presente algún incidente deberá llamar a las autoridades correspondientes y no expondrá su integridad física.
4. Deberán presentarse de manera puntual, debidamente uniformados y equipados conforme al reglamento de la empresa de seguridad.
5. El vigilante deberá presentarse con tolete, gas, lámpara y equipo de comunicación que funcione de manera adecuada.
6. Su presentación debe ser con la debida limpieza e higiene.
7. A las personas que deseen ingresar al Conjunto Residencial, ya sea en auto o caminando, con motivo de visita familiar, de amistad, etc., se les deberá solicitar una identificación y registrar en la bitácora correspondiente.
8. Con la pluma de ingreso abajo, el vigilante deberá solicitar de manera amable, una identificación al visitante que pretenda entrar al conjunto. Deberá además anotar claramente los datos del visitante y del vehículo conforme al formato de registro (Nombre, hora de entrada, a que casa visita, etc.), así como solicitar la apertura de la cajuela. La identificación puede ser credencial de elector con fotografía que permita identificar claramente a la persona.
9. Cualquier visitante que se niegue a cumplir con los requisitos de ingreso antes citados, se le negará firmemente el acceso y, si es necesario, el vigilante en turno deberá solicitar el apoyo a su base o al Jefe de Turno para evitar poner en peligro su integridad o la de cualquier otra persona, es decir sí un visitante se niega a
Identificarse ante el vigilante. NO SE LE PERMITIRÁ LA ENTRADA.
10. Una vez registrado el vehículo e identificado el conductor, se le entregara el tarjetón que dice “Visitante” y se le indicará al conductor que debe portarlo de manera visible en el parabrisas y deberá circular con una velocidad máximo a 20 KPH, entonces se le dará acceso. La identificación se conservará en el mismo número que el indicado en el gafete de “Visitante”.
11. El vigilante indicará al visitante que únicamente se podrá estacionar en lugares reservados para visitas y que no debe obstruir la salida de algún otro vehículo.
12. Estarán señalizados los estacionamientos con la leyenda “No nos hacemos responsables por daño, robo o extravió del auto u objetos personales”
13. El vigilante no permitirá que los visitantes se estacionen sobre la banqueta.
14. Tampoco se permitirá estacionarse frente a la caseta.
15. El vigilante debe cerciorarse por radiocomunicación que el visitante que ingresa se dirija al lugar que mencionó al momento de su ingreso al desarrollo.
16. MUY IMPORTANTE: Cuando el visitante se retire, deberá devolver el gafete “Visitante” al vigilante, y éste deberá confirmar el nombre de la persona cuando le entregue su identificación personal, en caso particular que traiga consigo casco o algún objeto que impida su visibilidad, la visita deberá retirarlo para ser cotejado visualmente con la fotografía de la identificación.
17. Los vigilantes deberán encontrarse dentro de su área de trabajo, no podrán estar platicando o perdiendo el tiempo en otras áreas, mucho menos haciendo llamadas personales (celular).
18. Los vigilantes al cumplir con el horario laboral no podrán permanecer más de
10 minutos dentro del conjunto residencial, si esto no se respeta, el personal de vigilancia en turno solicitará amablemente que se retiren.
19. El acceso del personal de vigilancia será de forma puntual, en forma ordenada y pulcra.
20. Una vez que ha sido verificada la asistencia del vigilante por ningún motivo podrá permanecer fuera de su área de trabajo.
21. Se debe mantener siempre el servicio de radiocomunicación activo, o en su caso el teléfono celular o nextel en óptimas condiciones, para que el vigilante siempre pueda comunicarse a su base o a las autoridades competentes en cualquier momento que se requiera. Así como para que el vigilante pueda recibir comunicación de la base.
22. Al realizar el cambio de turno, el vigilante entrante deberá anotar en la bitácora, su nombre completo, hora de entrada y su firma.
23. El vigilante saliente debe dejar escrito en la bitácora una relación de las credenciales o identificaciones de los visitantes que se encuentran en su poder.
24. El vigilante debe mantener siempre limpia la caseta, baño.
25. El vigilante saliente debe dejar limpia el área exterior de la caseta.
26. El vigilante saliente debe informar al vigilante entrante sobre las novedades del turno.
27. En todo momento, se debe mantener abajo la pluma de la barrera vehicular de ingreso y salida al Conjunto Residencial, con excepción, de cuando sea necesario levantarla.
28. Efectuar los rondines de chequeo por las áreas asignadas firmando su recorrido en la bitácora de rondines.
29. El vigilante debe tratar a los visitantes y condóminos con respeto, atención, cortesía y amabilidad.
30. El perfil que debe mostrar el vigilante en turno siempre debe ser con firmeza de carácter, sin dejarse intimidar ni por condóminos ni por visitantes.
31. El vigilante debe mostrar su autoridad, pero sin ser prepotente o grosero.
32. El vigilante debe mostrar siempre una actitud de seguridad. Alerta en todo momento y atento a cualquier situación irregular o de peligro.
33. Todo vigilante deberá permanecer en su posición de trabajo todo tiempo y solo podrá desatenderlo cuando tenga alguna necesidad fisiológica y deberá estar respaldado por su jefe de turno.
34. No se permite la entrada a personas que deseen entregar propaganda en las casas, tampoco a vendedores ocasionales.
35. El vigilante debe portar, en lugar visible, la identificación que lo acredite como miembro del servicio de seguridad privada.
36. En horario nocturno, ante cualquier anomalía que ponga en riesgo la integridad del vigilante o del conjunto residencial, el Jefe de Turno cuenta con un radio de comunicación con salida telefónica para llamar a las autoridades correspondientes.
37. Los Jefes de Turno deberán anotar en su bitácora los siguientes casos:
a. Novedades sobresalientes de obra y del conjunto residencial.
b. Reporte de todas las casetas internas.
c. Problemas con residentes.
38. Una acción fundamental para mantener el orden y la disciplina es la implementación de visitas de supervisión de vigilancia en unidades y será realizado por el supervisor.
39. Durante las visitas de supervisión es importante que el personal de vigilancia manifieste al supervisor de vigilancia cuales son los problemas o dificultades que se presentan para cumplir correctamente con su servicio.
40. Para permitir el ingreso al supervisor de vigilancia, será contra presentación de la credencial que le acredite como tal y se aplicará el procedimiento de visita.
41. El supervisor de vigilancia verifica que el personal de vigilancia cumpla con todas las consignas de servicio marcadas en este documento.
42. Asimismo supervisará que se cumpla lo siguiente:
a. Verificar la presencia física del personal de vigilancia.
b. Verificar la puntualidad de entrada para relevar al personal de vigilancia.
c. Verificar el estado físico y mental de los vigilantes.
d. Comprobar que el vigilante cuenta con las herramientas necesarias para realizar su labor.
e. Verificar la limpieza de la caseta de vigilancia y baño.
f. Verificar que el vigilante conozca las consignas plasmadas en este documento.
g. Verificar el estado del uniforme y su correcta portación.
h. Verificar con el vigilante su privada o con el Jefe de Turno las instalaciones del conjunto residencial.
i. Verificar los recorridos (Rondines) que son realizados y determinar si tienen la cobertura necesaria.
j. El supervisor deberá cerciorarse del buen funcionamiento de las cámaras de seguridad así mismo como de las barreras automáticas y buen funcionamiento del equipo de radiocomunicación.
43. Restricciones para el personal de vigilancia;
a. Llegar tarde
b. No portar su credencial
c. No portar su uniforme
d. Presentarse drogado o ebrio
e. No tomar ni sustraer ningún objeto o material que no sea de su propiedad
f. Propiciar algún conato de incendio.
g. Golpear a un compañero, visita, trabajador o residente.
h. Ofender de manera verbal a un compañero, visita, trabajador o residente.
44. El vigilante deberá respetar las siguientes características en su persona:
a. Cabello corto
b. Perfectamente rasurado
c. Uniforme limpio y planchado
d. Sin aretes ni pearcings.
e. Zapatos Boleados
f. Con todas las uñas cortas
45. Los horarios de comida son variados y deberán ser en su área de trabajo ya que no se debe perder en ningún momento la custodia del lugar.
46. Está estrictamente prohibida, la visita de familiares y amigos.
47. Queda estrictamente prohibido recibir dádivas, regalos o propinas de los residentes, solo se permitirá en ocasiones excepcionales como navidad o año nuevo.
48. En caso de mudanzas, el residente dará autorización de entrada y para la salida deberá venir acompañado también por el residente.
49. Por ningún motivo el vigilante podrá tener televisor, tampoco podrá escuchar música durante su horario de trabajo.
50. Los vigilantes de la caseta principal darán acceso rápido y oportuno a todo residente, previa identificación y autorización del residente.
II.- CONSIGNAS PARA CON LOS RESIDENTES.
1 .Deben portar en el espejo retrovisor o en lugar visible del parabrisas, su respectivo de identificación vial (tarjeta de proximidad), al momento de entrar o salir.
2. En caso de no traer su tarjeta el residente debe de ingresar por el carril de visitas, identificarse y permitir la revisión correspondiente, al termino de dicho procedimiento el vigilante deberá prestar un servicio ágil respecto a levantar la pluma de acceso o salida.
3. Al condómino que NO cuente con tarjeta de proximidad, se le deberá registrar como “visitante” y se le indicará que debe dirigirse de inmediato con el personal de Postventa. Ya que se le seguirá registrando como visitante hasta que cuente con dicha tarjeta.
4 .Aquel condómino que no cuente con tarjeta y manifieste que “lo perdió”, “no tiene suficientes”, “por seguridad no lo muestra”, “ya hablé con Ventas y me dieron permiso”, etc., se le hará caso omiso, pues ningún representante de ventas, residentes de obra, arquitectos, etc. no tienen facultades para dar tales autorizaciones de manera verbal y, en tal caso, se le registrará como “visitante”.
5. Como apoyo para el vigilante en la aplicación de estas consignas, es sumamente importante que sepa que las mismas ha sido acordadas y forman parte del reglamento Interno del Conjunto Habitacional Bosque de los Encinos.
6. Todo residente que tenga trabajadores en su domicilio como domésticas, albañiles, alumineros, jardineros, etc. deberá dar a conocer mediante un escrito simple los nombres de los trabajadores, los días en que estarán laborando y el horario de entrada y salida para proporcionar la identificación correspondiente.
7. En caso que las domésticas sean permanentes; a. El residente deberá elaborar un escrito informando de este hecho, sin embargo toda trabajadora doméstica se deberá registrar todos los días su entrada y salida.
b. Deberán dejar en vigilancia su credencial de elector que será intercambiad por la credencial que sirve para identificar donde trabajan.
8 Todo residente está obligado a registrar a sus trabajadores aun cuando vengan en el interior de sus vehículos.
9. Si los residentes obsequian a sus trabajadores algún objeto, esté deberá venir acompañado de un escrito dirigido a vigilancia donde se mencionen las características de dicho objeto, para su debido registro.
10. A los condóminos que salgan o entren caminando, no se les requerirá de ningún tipo de identificación y el vigilante podrá identificarlos con el transcurso del tiempo.
11. Es muy importante que el vigilante aplique su habilidad y experiencia para identificar a las personas sospechosas, en este caso, el vigilante deberá abordar a la persona sospechosa con el objeto de solicitarle su nombre y conocer el objetivo de su visita.
12. Todo condómino tendrá derecho a dos tarjetas de proximidad, los cuales servirán para identificar su ingreso o salida.
13. Por ningún motivo el residente prestará su tarjeta de proximidad a terceras personas.
14. En caso de pérdida, de las tarjetas robo o se encuentre en malas condiciones, podrá cambiarlo en el área de postventa, previo pago del costo de reposición.
15. Para los residentes que posean vehículos tipo motocicleta, para el caso específico del acceso al conjunto, deberán de ingresar como residentes, es decir con su tarjeta de proximidad, en el caso de no contar con ella por cualquier situación, deberán de ingresar por el acceso de visitantes, y seguir las consignas especificadas.
16. La velocidad máxima permitida es de 20Km por hora. Aquel residente que sea sorprendido conduciendo a una velocidad mayor o extrema se le hará una llamada de atención a través del presidente de su sección y/o privada.
17. No deberemos de estacionarnos sobre las banquetas, pasos peatonales, ni topes, de igual manera respetar las entradas de las casas vecinas.
18. Los jardineros contratados por las casas para hacer podas, que normalmente son los días sábados y domingos, deberán de cumplir el horario de a partir de las 09:00 y así mismo, ellos son los responsables de llevarse la basura que se genere de la poda de jardines y/o jardineras. (el camión de la basura no lo recoge)
19. El horario de la música a alto volumen en áreas privadas al aire libre ( Jardines propios) será hasta las 24.00 horas, posteriormente será en el interior a un volumen moderado.
III.- CONSIGNAS PARA CON LOS VISITANTES.
1 .Toda visita deberá acatar, sin excepción, las indicaciones del vigilante en turno.
2. Todo visitante peatonal o vehicular que no tenga los datos correctos, tales como manzana, lote y número de casa o en su defecto nombre de la calle y propietario que visita, le será negado el acceso.
3. Todo visitante peatonal que desee ingresar al condominio deberá tener una identificación oficial de lo contrario se le negará el acceso, en caso de ser menor de edad, el residente deberá entregar un escrito libre solicitando que dichas personas ingresen a su domicilio, sin embargo se registrarán en la bitácora de visitas.
4. Los visitantes del condominio podrán ingresar de manera normal y cumpliendo los requisitos ya citados hasta las 24:00 P.M., y que forma parte del Reglamento Interno del Condominio, por lo que después de esta hora se negará el acceso a visitantes salvo los siguientes casos: Notificación (puede ser verbal) del condómino que recibirá la visita o extrema urgencia, algún evento personal y se informe a la caseta principal mediante documento que especifique tal situación.
5. Posterior a las 24:00 horas si el visitante se presenta en evidente estado de ebriedad, o causando alboroto, o se niega a cumplir con los requisitos de ingreso ya citados, se le negará firmemente el ingreso.
6. En caso de que el visitante, traiga un alto volumen de su radio, el vigilante le solicitará que le baje volumen al radio. En caso de que haga omiso a esta solicitud, se le negará el acceso.
7. A todo visitante se le informará y entregará un corbatín (en perfecto estado) con la leyenda de “Visitante” a cambio de su identificación oficial, de lo contrario se le negará el acceso; a la salida el visitante entregará al vigilante de caseta principal el corbatín que se le entregó, si el corbatín presenta alteraciones respecto a cómo fue entregado el visitante deberá cubrir la cantidad de $50.00 (cincuenta pesos 00/100MN) y estos serán entregados al personal de Postventa.
8. Todo visitante deberá permitir la revisión de su cajuela al ingresar y al salir del condominio de lo contrario se le negará la entrada o salida, y se le hará de su conocimiento que son consignas de seguridad vigentes en el conjunto residencial.
9. Toda visita que ingrese con vehículo deberá traer consigo y en lugar visible la identificación de “visitante”.
10. Si alguna visita realiza alguna actividad inmoral dentro del conjunto residencial, los vigilantes tomarán medidas como invitarlo a retirarse del lugar.
11. Las visitas que ingresen a la zona de obra, deberán portar consigo un casco que será
Proporcionado por el vigilante ubicado en dicho lugar, de no portarlo o de quitárselo los vigilantes le invitaran que abandone dicho lugar, en caso de negarse, el vigilante solicitará apoyo a su jefe de turno así como del residente de obra.
IV.- SERVICIOS PUBLICOS.
1. Cualquier servidor público que se presente al Condominio con la finalidad de realizar una diligencia o servicio, se le facilitará el ingreso previo registro como visitante. Estas personas podrán representar a cualquiera de los siguientes servicios:
- Camión de la basura
- Funcionarios del Municipio.
- Comisión Federal de Electricidad.
- Cartero.
- Bomberos
- Cruz Roja
- Cruz Verde
- Protección Civil
- Supresión de fugas de gas
- Policía.
- Tránsito.
- Cualquier otro servidor público
2. NOTA IMPORTANTE: En el caso específico de la Policía Municipal, el Jefe de Turno deberá dar seguimiento y acompañarlos hasta el lugar donde fueron requeridos sus servicios.
V.- SERVICIOS PRIVADOS.
1. En el caso de los prestadores de servicios de carácter privado ya sean básicos, comerciales o esporádicos, se les permitirá el ingreso, previo su registro de visitante y podrán ser:
- Agua Potable.
- Gas doméstico (pipa para tanque estacionario)
- Teléfonos de México.
- Televisión por cable.
- Mensajería (DHL, UPS, Estafeta, Bancos, Tarjetas de Crédito, etc.).
2. En todos los casos, se les deberá indicar que deben circular a una velocidad máxima de 10 KPH y, sobre todo, que al momento de proporcionar su servicio se estacionen a un lado de la banqueta y en ningún momento obstruyan el tránsito de vehículos.
3. Particularmente, el servicio de gas en cilindros deberá abstenerse de hacer ruido golpeando los mismos.
VI.- PROVEEDORES.
1. Se facilitará el acceso a personas que proveen productos consumibles a diferentes privadas, previos su registro como visitantes y se solicitará indiquen a Manzana, Lote y número de casa a la que acuden, de no tener esta información completa NO se permitirá la entrada, pudiendo ser:
- Repartidores de Tiendas de autoservicio
- Zapatero.
- Tintorería
- Lavandería
- Repartidores de comida rápida, etc.
2. Todo proveedor del almacén deberá ingresar por el camino destinado a la obra.
3. El vigilante asignado a obra deberá notificar vía radio al encargado del almacén la llegada de algún proveedor para corroborar la autorización de su ingreso.
4. Todo proveedor que desee descargar material en el almacén deberá:
a. Registrar su entrada en la caseta de obra
b. Motivo de su visita
c. A su salida registrar su salida y mostrar su cajuela. En caso que se detecte material deberá venir acompañado de una orden del almacenista informando de su salida.
5. Todo taxista debe ser registrado en la bitácora “vehicular externo” y se aplicará el procedimiento de visita. En caso de detectarse que el taxista viene con aliento alcohólico alguna situación anómala, se negará el acceso.
6. A todo taxista se le negará el acceso si no proporciona datos precisos como lote, manzana y número de casa, nombre de condómino o residente y confirmar que dicho residente solicito el servicio.
VII.- PRESTADORES DE SERVICIOS
1. Jardineros, albañiles, plomeros, alumineros, etc. que son contratados por los propios condóminos, deberán registrarse siempre como visitantes.
2. Todo trabajador deberá de registrar su herramienta al momento de ingresar. En caso de ingresar con vehículo se le proporcionará un corbatín de “visitante” y se le registrará la herramienta que traiga consigo y se le revisará su cajuela al ingresar y al salir.
3. Por ningún caso se recibirá herramienta en consigna en ninguna caseta de vigilancia.
4. En las privadas que cuentan con vigilante, éste deberá cerciorarse con el condómino correspondiente que el o los trabajadores visitantes tienen autorización de entrada, en caso contrario, negará el acceso a la propiedad y dará aviso de inmediato a la caseta principal con el jefe de turno.
5. Todos los trabajadores deberán ser revisados en sus mochilas y bolsas al entrar y salir del conjunto residencial, siendo el mismo trabajador, quien abra sus pertenencias.
6. NOTA IMPORTANTE: Todo trabajador que cause problemas se le negará el ingreso en todo momento y bajo cualquier circunstancia.
VIII.- ABSTENCIONES. (EL VIGILANTE EN NINGÚN MOMENTO DEBERÁ HACER).
1. Dar trato familiar a condóminos, visitantes y demás personas.
2. Otorgar facilidades y concesiones personales por su propia cuenta a los condóminos, visitantes y demás personas.
3. Recibir encomiendas, encargos o tareas de casos particulares de los condóminos, visitantes y demás personas.
4. Proporcionar cualquier información o referencia de los condominios o residentes a cualquier persona, aún cuando el pretendido visitante haya cumplido con los requisitos de ingreso.
5. La información personal sobre nombres de los condóminos, hora de llegada o de salida del fraccionamiento es confidencial y por lo tanto NO se debe proporcionar a ninguna persona.
6. Debe anotar los datos referentes (Nombre, domicilio, teléfono, placas de vehículo, etc.) de manera clara de cualquier persona que solicite o que insista sobre información de algún condómino.
IX.- ENCOMIENDAS
1. Impedir la salida del conjunto residencial a los niños residentes cuando resulte notorio que están solos o sin la supervisión de un adulto.
2. Ninguna persona podrá depositar y menos guardar sus pertenencias o herramientas dentro de la caseta o a un costado de ella.
3. Se deberá prestar apoyo o auxilio a los residentes, cuando estos lo soliciten y sea evidente la necesidad de que reciban tal apoyo.
4. Tener siempre disponible (pila cargada) y encendido el celular para atender debidamente cualquier llamada.
X.- CUSTODIOS, GUARURAS Y CHOFERES
1 .Todo custodio deberá ser registrado como visita.
2 .Los guardaespaldas deberán dejar sus vehículos particulares fuera del conjunto residencial y en un lugar que no obstruya el libre acceso y salida de vehículos.
3. El área común de las privadas, no puede ser utilizada por los vehículos de estas personas.
4. El residente que tenga chofer o guardaespaldas deberá entregar a la empresa de seguridad, un escrito donde indique el ingreso y registro de unidades así como del personal a su servicio.
5. Las unidades utilitarias deberán estar fuera de la privada y deberán tener acceso únicamente cuando el residente los requiera.
6. El vigilante observará que los choferes, guardaespaldas o escoltas se dirijan con respeto a todo residente, de no hacerlo se apoyará con el residente mencionando lo sucedido y además anotará en su bitácora el incidente.
XI.- TRABAJADORES DE LA EMPRESA
1. Todo personal deberá anotarse en la bitácora correspondiente para registro de su entrada y salida.
2. En caso de ingresar en un horario fuera del establecido, el vigilante deberá solicitar su pase de entrada, de no contar con este documento se le negará el acceso.
3. Todo personal de obra, almacén, arquitectos, ingenieros, limpieza, mantenimiento, jardinería, etc. deberán portar un casco de seguridad, en caso de no portarlo el vigilante solicitará amablemente que se retiren, en caso omiso se solicitará apoyo del residente de obra.
4. Todo trabajador deberá portar un chaleco que lo identifique además de su casco.
5. Todo trabajador así como cualquier proveedor, será el único responsable directo de sus objetos personales así como de su herramienta.
6. Todo trabajador que traiga automóvil y lo deje en la obra será responsable de su resguardo y su cuidado.
7. Todo trabajador incluyendo ingenieros, arquitectos, ventas, etc. son responsables de sus automóviles y deberán seguir el procedimiento de visitas.
8. Cuando un trabajador sea cambiado en su horario de entrada o salida, la empresa lo notificará por escrito a través del residente de obra. Este escrito debe ser entregado directamente al jefe de turno.
9. Todo trabajador deberá dejar su área de trabajo en orden y limpio
10. Todo trabajador deberá mostrar al vigilante de obra permiso de salida en caso que se requiera retirar.
XII.- ENCOMIENDAS IMPORTANTES
1. Cuando alguna persona solicite la salida de material, deberá estar acompañado por un documento que acredite tal situación.
2. Las puertas de acceso y salida de residentes deberán ser cerradas cuando comience a anochecer. Y permanecer abiertas durante todo el día.
3. Negar el ingreso al conjunto residencial a todo tipo de vendedores ambulantes, repartidores de publicidad, así como a toda persona que por sus notables características y actitudes resulte sospechosa y se considere riesgoso su ingreso.
4. Requerir al condómino que desee ingresar o sacar su mudanza, su autorización. En el supuesto que no se presente dicha autorización, se negará el ingreso o salida hasta en tanto se entregue este documento.
5. Las mudanzas podrán ingresar a partir de las 8:00 AM y hasta las 18:00 PM